Especificaciones de calidad de los petrolíferos aplicable a las actividades de importación, almacenamiento, producción, distribución, transporte y expendio al público.
Diseño, construcción, operación y mantenimiento de estaciones de servicio para almacenamiento y expendio de diésel y gasolina.
Alcance en terminales de almacenamiento y áreas de almacenamiento para usos propios, transporte o distribución y expendio al público.
Características y especificaciones para la selección, instalación y operación de los medidores y/o sistemas de medición para el uso, explotación o aprovechamiento de aguas nacionales.
Asesoría en medidores de carrete para tubería a presión.
El permisionario contratará un laboratorio acreditado para que acuda a sus instalaciones y lleve a cabo un muestreo de producto, con la finalidad de realizar un análisis químico y emitir un informe de resultados. Posteriormente contratará una UNIDAD DE INSPECCIÓN quién evaluará si dicho informe de resultados cumple con los requerimientos mínimos de la NOM-016- CRE-2016, de ser así, se emitirá un dictamen.
El concesionario deberá contratar un prestador de Servicios Integrados (PSI), éste se encargará de prestar servicios de selección, instalación y operación de los medidores o sistemas de medición, así como la transmisión de la información de los volúmenes utilizados al servidor de la Conagua. Finalmente contratará una UNIDAD DE INSPECCIÓN para evaluar la conformidad del medidor y el sistema de medición de acuerdo a la norma en cuestión, si cumple correctamente con los lineamientos se emitirá un dictamen de cumplimiento.
Dicho proceso se llevará de manera inicial, periódica o extraordinaria, según aplique.
Se lleva a cabo 30 días después a la instalación de su sistema de medición o medidor.
Se realiza cada año para medidores con partes móviles y sistemas de medición y cada 7 años para medidores sin partes móviles.
Se puede llevar a cabo en cualquier momento por instrucciones de CONAGUA.
“Especificaciones de calidad de los petrolíferos”
“Especificaciones técnicas de funcionalidad y seguridad de los específicos y programas informáticos para llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos”
“Diseño, construcción, operación y mantenimiento de estaciones de servicio para el almacenamiento y expendio de diésel y gasolinas ”
“Medición de volúmenes de aguas
nacionales usados, explotados o
aprovechados”
“Asesoría en medidores de carrete para tubería a presión”
Permisionarios que manejan petrolíferos como: gasolinas, turbosina, diésel
automotriz, agrícola, marino e industrial; combustóleo, gasóleo doméstico, gasavión, gasolina de llenado inicial, combustóleo intermedio y gas licuado petróleo.
Regulados que necesiten integrar un PRE ( Protocolo de Respuesta a Emergencias)
para alertar, comunicar, responder, mitigar y/o controlar una emergencia del sector de hidrocarburos (excepto importadores, productores, transportistas, distribuidores, almacenistas y expendio al público).
Regulados responsables del diseño, construcción, operación y mantenimiento
de estaciones de servicio para almacenamiento y expendio de diésel y gasolinas.
Contribuyentes que hagan uso,
explotación y aprovechamiento de aguas
nacionales que requieran instalar aparatos de medición conforme al ECO913.
Contribuyentes que deseen acreditar la correcta operación y el buen
funcionamiento de sus equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos.
Usuarios de aguas nacionales con título de concesión o asignación emitido por la
Comisión Nacional del Agua adquieren la obligación legal de medir los volúmenes de aguas nacionales que usen, exploten o aprovechen.
Todos nuestros servicios están acreditados ante MEXICANA DE ACREDITACIÓN, MAAC, A.C y con las aprobaciones correspondientes.
Hidroinspección Integral 2026